MTC autoriza a choferes operar taxis colectivos con solo una firma

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MTC autoriza a choferes hacer taxis colectivos con solo una firma
Foto: El Peruano

Se busca conocer las condiciones en la que se ofrece este servicio, considerado como irresponsable por especialistas en transporte

El Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) autorizó este lunes 27 de diciembre el empadronamiento de los choferes de taxis colectivos, basándose en la Ley N° 31096, que establece la formalización de este tipo de transporte en todo el territorio nacional, con exclusión de Lima y Callao.

La medida tiene por objeto empadronan a las personas naturales y jurídicas que prestan el servicio de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo en los ámbitos nacional, interprovincial e interdistrital, “a fin de establecer una línea de base de las condiciones de la prestación del servicio”.

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Según la Resolución Ministerial N° 1354-2021, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) será la encargada de administrar, publicar y actualizar el mencionado padrón. La entidad fiscaliza el cumplimiento de las condiciones técnicas de los viajes al interior del país.

MTC autoriza a choferes hacer taxis colectivos con solo una firma
Foto: Andina
La norma que permite el taxi colectivo fue aprobada por el anterior Congreso de la República.

El plazo para el mencionado empadronamiento es de treinta días calendario, contados a partir de hoy martes 28 de diciembre de 2021, y la inscripción o registro se realiza a través de la página web de Sutran, señala el texto publicado en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano.

Las personas jurídicas que hayan cumplido con el empadronamiento previsto en la presente resolución ministerial pueden obtener la autorización para prestar el servicio de taxi colectivo, “siempre que cumplan con los requisitos y condiciones técnicas que se establezcan en el Reglamento de la Ley N° 31096″, aún por elaborar.

La autorización a las empresas constituidas será por un periodo de cuatro años, “prorrogable por un plazo máximo de tres años más” y los vehículos autorizados para realizar el servicio son los aquellos de ocho asientos o menos (M1), sin contar el asiento del conductor, con carrocería sedán y station wagon, detalla Andina.

MTC autoriza a choferes hacer taxis colectivos con solo una firma
Foto: Caretas
El TC declaró infundada la acción de inconstitucional por la citada norma.

Además, las unidades de categoría M2, es decir aquellos “creados para el transporte de pasajeros de más de ocho asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de 5 toneladas o menos”.

Cabe precisar que la Ley N° 31096 fue criticada por los especialistas en el transporte debido a que el servicio de taxis colectivos no son seguros, generan congestión vehicular, operan en la informalidad, carecen de paraderos y son responsables de accidentes de tránsito.

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En noviembre, el Tribunal Constitucional (TC) declaró como infundada la acción de inconstitucional presentada por el Ejecutivo contra la citada norma debido a que no se alcanzó el número de votos requeridos. Votaron en contra los magistrados José Luis Sardón y Ernesto Blume.

El Ejecutivo consideró que los colectivos constituyen una “amenaza de vulneración de los derechos a la vida, a la integridad y a la salud, así como en lo relacionado con la violación del derecho al medioambiente sano y equilibrado y a los derechos de los consumidores y usuarios”.

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