Los deudos de los fallecidos en movilizaciones de noviembre de 2020 también recibirán soporte económico de hasta S/. 80 mil
El Gobierno de Pedro Castillo autorizó este lunes la entrega de un beneficio económico para los heridos de gravedad producto de la represión policial durante las marchas en contra de Manuel Merino de Lama (Acción Popular), realizadas entre el 10 y 14 de noviembre de 2020.
A través del decreto de urgencia N° 114-2021, el Ejecutivo también otorgó, de manera excepcional y por única vez, apoyo económico para las víctimas y deudos de los ciudadanos fallecidos durante el paro agrario, realizado en diciembre del mismo año.
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El beneficio económico “no tiene naturaleza resarcitoria ni reparatoria”, tampoco “implicancia en la determinación de eventuales responsabilidades administrativas, civiles y/o penales del personal de la Policía Nacional del Perú que participó en las movilizaciones realizadas”, señala el documento.
¿Quiénes accederán al beneficio?
Las personas beneficiarios son aquellas identificadas por la Comisión Multisectorial, creada mediante Resolución Suprema Nº 221-2021-JUS, modificada por Resolución Suprema Nº 256-2021-JUS. La Secretaría Técnica de dicho grupo de trabajo determinará el monto que le corresponda a herido.
El Gobierno autorizó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) la entrega de S/. 40 mil por “concepto de apoyo económico por cada persona fallecida en las movilizaciones del 20 al 30 de diciembre de 2020, hasta por un monto máximo de S/. 80 mil”, indica el decreto publicado en El Peruano.
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Además, S/. 15 mil y S/. 40 mil, según corresponda, porcada persona herida de gravedaden las movilizaciones ocurridas entre el 10 y 14 de noviembre, el 1 y 3 de diciembre y el 20 y 30 de diciembre de 2020, “hasta por un monto máximo de S/. 720 mil”.
Este apoyo económico se otorgará “mediante subvenciones, las cuales se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego, y se publica en el diario oficial El Peruano”, señala el texto.
El mismo se financia con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2021 del Minjus, “sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, debiendo habilitar dicho pliego los recursos en la Actividad 5002306. Subvenciones a Personas Naturales, para la ejecución correspondiente”.