Una semana después de cumplidos los 100 primeros días de Gobierno, el Congreso busca sacar al presidente de la República. El objetivo es convocar nuevas elecciones
Nuevo ataque de la oposición. Las bancadas de derecha Renovación Popular (9), Fuerza Popular (24) y Avanza País (10) se sumaron de manera oficial a la moción de vacancia presidencial anunciada la semana pasada por la legisladora y tercera vicepresidenta del Congreso, Patricia Chirinos (Avanza País).
Pese a que el miércoles la titular del Poder Legislativo, María del Carmen Alva, afirmara en la CADE Ejecutivos que, en aras de la gobernabilidad, no estaba en el horizonte vacar a Pedro Castillo. Al día siguiente, su compañera de la Mesa Directiva exhortó a sus colegas a firmar ese pedido.
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“Aquí tengo lista la moción de vacancia. Necesitamos las firmas de 26 congresistas. No tengan miedo colegas, luchen conmigo”, exclamó en el Pleno para sorpresa de muchos. La propuesta pretende vacar Castillo Terrones por la figura de incapacidad moral permanente, aparecida en la Carta Magna de 1939.
Nuevas elecciones
Durante su exposición, Chirinos también manifestó como motivo la inexistente causal de vacancia por “incapacidad total para gobernar”. Y fue recién el domingo, en entrevista con Cuarto Poder, que enumeró 15 razones por las cuales esta debía proceder, pero que no figuran en la moción que ha redactado. Además, develó el objetivo final de la oposición.
Según expuso, las razones son el cierre de cuatro mineras en Ayacucho –anunciadas al día siguiente de su pedido de vacancia-; las irregularidades en el proceso de ascensos de las fuerzas armadas y policiales; los vínculos de los ministros con el terrorismo; la filtración de exámenes del Minedu; la nacionalización del gas de camiseta, la crisis económica, entre otros.
“He podido recoger lo que verdaderamente quiere la población. Está harta de no tener trabajo y no poder alimentar a su familia por el alza de precios. Hay demasiada inestabilidad y la misma población me ha dicho ‘váquenlo’”, indicó sobre la moción que hoy ya es multipartidaria.
En esa misma entrevista, la legisladora de Avanza País reveló que el fondo de este pedido sobrepasa al presidente Castillo, pues lo que busca la oposición es la convocatoria a nuevas elecciones presidenciales. “Lo que necesitamos es que se le logre nuevas elecciones. No queremos vivir bajo el régimen de un gobierno comunista”, aseveró.
En tanto, el lunes 22 de noviembre, desde Arequipa, el presidente Pedro Castillo increpó que se le pretenda responsabilizar por los diversos problemas que aquejan al Perú desde hace “200 años” cuando él está en el gobierno hace menos de cuatro meses. “Lo que no pudieron hacer en 200 años, quieren que en 100 días se haga”, expresó.
Además, afirmó que su administración ha priorizado la vida y salud de los peruanos en la gestión de conflictos mineros y petroleros. “Cuando ya saben que vamos a ponerle gas a todos los peruanos, nos ponen zancadillas. Saben que vamos a dar el capital para la segunda reforma agraria, [dicen] hay que buscar firmas para vacarlo”, añadió.
¿Qué dice la Constitución?
La causal de vacancia por permanente incapacidad moral está establecida en el inciso 2 del artículo 113 de la Constitución. Las otras causales son la muerte del mandatario, la aceptación de su renuncia, salir del territorio sin permiso o no regresar dentro de plazo fijado, y la destitución por alguna infracción del artículo 117.
En los últimos 20 años, configuró la salida de dos mandatarios: Alberto Fujimori (2000) y Martín Vizcarra (2020). En el caso del primero, el Congreso decidió vacarlo luego de su renuncia por fax tras los escándalos de corrupción de su Gobierno. Mientras que, el segundo se concretó debido a las investigaciones fiscales por corrupción en su contra, que tras su partida de Palacio parecen haber quedado en la congeladora.
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Este último caso ocasionó un intenso debate constitucional respecto a la interpretación de la figura de incapacidad moral permanente que, a diferencia de las otras causales, no está delimitada. Por ello, hoy existe una propuesta desde el Ejecutivo para que esta se refiera a la incapacidad mental del presidente.
“La fórmula de la Constitución es demasiado abierta. El Tribunal Constitucional no ha zanjado cuales son los criterios de delimitación”, recordó el abogado penalista Carlos Caro. En noviembre de 2020, tras la citada vacancia, el TC decidió no pronunciarse al respecto debido a una “sustracción de la materia”.
“En ninguna parte de la decisión del Tribunal Constitucional se ha dicho que la vacancia del señor Vizcarra fue constitucional o inconstitucional. Eso se ha evitado decir. Y precisamente, para no decir si fue constitucional o no, guardo silencio y digo: Ya lo vacaron, sustracción de la materia. Esa es la respuesta oficial”, dijo su presidenta Marianella Ledesma.
Los detractores señalan que, si se delimita la figura de permanente incapacidad moral por mental, el presidente no podría ser retirado por la comisión de un acto ilícito o inmoral, con la amplitud que eso incluye. Sin embargo, sobre el primer punto, la Fiscalía estableció que el jefe de Estado puede ser investigado durante su mandato, precisó Cano.
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Eso sí, el artículo 117 de la Carta Magna señala que el presidente puede ser acusado por traición a la Patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso de manera inconstitucional y por impedir su funcionamiento, o de los organismos del sistema electoral.
De acuerdo a la Constitución, para que se apruebe la vacancia presidencial se necesitan 87 votos a favor, “que corresponde dos tercios del número legal de congresistas”, que en el Perú asciende a 130. Para que esta se debata, primero debe presentarse la moción y después votarse su admisión, para lo cual se requiere 52 votos.