TC admite a trámite demanda contra ley que regula cuestión de confianza

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TC admite a trámite demanda contra ley que regula cuestión de confianza

El máximo órgano de interpretación de la Constitución admitió por unanimidad el caso presentado por el Ejecutivo

Por unanimidad, el Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad que presentó el Poder Ejecutivo contra la ley 31355, ley que interpreta la cuestión de confianza y que fue aprobada por insistencia por el Congreso de la República el 19 de octubre.

El caso fue analizado este jueves 28 de octubre por la presidenta del TC Marianella Ledesma Narvaez, el vicepresidente Augusto Ferrero Costa, y los magistrados Manuel Miranda Canales, Ernesto Blume Fortini, José Luis Sardón y Eloy Espinoza-Saldaña, quien fuera el ponente de la demanda de inconstitucionalidad.

En la demanda, presentada por Luis Huerta Guerrero, procurador público especializado en materia constitucional del Ejecutivo, se pide al TC que “declare la inconstitucionalidad total de la ley, por razones de forma y de fondo” por contradecir las disposiciones de la Constitución Política y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Lea también: Congreso aprueba insistencia de la ley que regula la cuestión de confianza.

La norma aprobada por el Legislativo limita los escenarios en los que el presidente del Consejo de Ministros puede invocar el mecanismo de la cuestión de confianza, establecido en los artículos 132 y 133 de la Carta Magna. Es decir, solo podrá utilizarla cuando se trate de temas relacionadas directamente a la concreción de su “política general de gobierno”.

TC admite a trámite demanda contra ley que regula cuestión de confianza
Foto: GEC
Texto de la demanda de inconstitucionalidad presentada por el procurador público del Ejecutivo.

Al haber sido publicada ya la Ley 31355, esta se encuentra vigente y solo dejará de ser constitucional si el Tribunal así lo resuelve en un fallo futuro. Sin embargo, para que esto suceda, la demanda de inconstitucionalidad deberá obtener cinco votos de los seis magistrados que integran el Pleno del TC.

En dos ocasiones pasadas, en 2018 y 2020, el Tribunal Constitucional ya se ha pronunciado respecto a los lineamientos sobre el uso de la cuestión de confianza por parte del Ejecutivo.

Cabe precisar que, el artículo 105 del Nuevo Código Procesal Constitucional precisa que, una vez que el órgano máximo de interpretación de la Constitución haya notificado al Legislativo la admisión de la demanda, este poder del Estado tiene el plazo de 30 días hábiles o 40 días calendario para contestar la misma.

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