Congreso regula una vez más la cuestión de confianza

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Congreso regula una vez más la cuestión de confianza
Foto: Congreso

La nueva iniciativa aprobada impide al Ejecutivo “asumir” que el Congreso le ha denegado la confianza “en los hechos”

La Comisión de Constitución del Congreso de la República aprobó este martes un dictamen para “fortalecer las capacidades de gestión delos ministros de Estado” y regular la cuestión de confianza. A través de una modificación a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y con 13 votos a favor, el grupo de trabajo aprobó la propuesta que agrupa cuatro proyectos de ley.

A favor votaron los parlamentarios Susel Paredes (Somos Perú-Partido Morado), Alejandro Muñante (Renovación Popular), José Elías (Podemos), Héctor Ventura, Martha Moyano, Alejandro Aguinaga y Patricia Juárez, de Fuerza Popular. Así también, los legisladores Alejandro Cavero y Adriana Tudela, de Avanza País.

Los parlamentarios Heidy Juárez y Gladys Echaíz, de Alianza para el Progreso, y Wilson Soto y Luis Aragón, de Acción Popular, también apoyaron la iniciativa. En tanto, Víctor Cutipa, Betssy Chávez, José Balcázar, de Perú Libre, así como Edgard Reymundo, de Juntos por el Perú, votaron en contra.

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El grupo de trabajo, presidido por la congresista fujimorista Patricia Juárez, incluyó como requisito al cargo de ministro tener idoneidad, trayectoria democrática intachable y respeto a los derechos humanos. Además, presentar una declaración jurada, pública en la web de la Presidencia del Consejo de Ministros, que afirme el cumplimiento de estos puntos “antes de asumir el cargo”.

Cuestión de confianza

El texto también añade el artículo 16-B en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE)referido a la cuestión de confianza que plantea el presidente del Consejo de Ministros. Según se lee en el dictamen, esta deberá “ir acompañada del acta del acuerdo respectivo, de conformidad con el artículo 15 de la presente ley”.

Congreso regula una vez más la cuestión de confianza
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El 17 de setiembre, el Congreso aprobó regular los casos en que el Ejecutivo puede presentar la cuestión de confianza.

Asimismo, precisa que esta será aprobada o rehusada luego de concluido el debate y votación por parte del Congreso de la República. De esa manera, el Ejecutivo no podrá “asumir” que la confianza fue denegada “en los hechos” por acciones del Congreso, como ocurrió el 30 de setiembre del 2019 con la denominada “denegación fáctica”.

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“En el caso de que la confianza haya sido rehusada, el presidente de la República acepta la dimisión del ministro dentro de las setenta y dos horas siguientes de recibido el oficio en el que el Congreso comunica su decisión”, indica el documento aprobado.

El viernes 17 de setiembre, el Legislativo aprobó en primera votación interpretar la cuestión de confianza regulada en el último párrafo del artículo 132 y en el artículo 133 de la Constitución Política del Perú. El texto, que retira la posibilidad de presentar la cuestión de confianza sobre reformas constitucionales, ya fue enviado al Ejecutivo.

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