El excongresista, investigado por graves violaciones a los derechos humanos, pidió además que se le entregue beneficios logísticos y de personal
A través de una carta dirigida a la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, el excongresista Manuel Merino de Lama solicitó al Legislativo que se le otorgue una pensión vitalicia como expresidente de la República por, según afirma, haber ocupado el cargo por seis días. El documento, que ingresó el 8 de septiembre, cita la ley N°26519, promulgada el 24 de julio de 1995.
Merino de Lama también solicitó otros beneficios logísticos y de personal por haberse encargado de la presidencia desde el 10 al 15 de noviembre de 2020, luego que el entonces jefe de Estado Martín Vizcarra fuera vacado por el Congreso bajo el argumento de una “permanente incapacidad moral”. Lo que ocasionó diversas manifestaciones ciudadanas que fueron brutalmente reprimidas.
¿Qué dice la norma?
La ley N°26519 establece que los expresidentes constitucionales de la República gozarán de una pensión equivalente al total de los ingresos de un congresista en actividad, es decir S/. 15,600. Asimismo, señala que, en caso de fallecimiento, serán beneficiarios el cónyuge e hijos menores si los hubiere.
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“Si resultaran beneficiarios ambos en simultáneo, dicha pensión será prorrateada”, añade la norma. Por otro lado, señala que la pensión queda en suspenso para expresidentes con acusación constitucional formulada por el Congreso, salvo que tengan sentencia que los declare inocentes.
¿Le corresponde a Manuel Merino?
El constitucionalista Luciano López sostuvo que ni a Merino de Lama ni a ningún otro presidente del Congreso que haya asumido las funciones de presidente de la República le corresponde la pensión vitalicia, ya que esta es solo para “presidentes electos” y “no para encargados”.
El especialista explica que el artículo 115 de la Constitución Política contempla que los titulares del Congreso pueden asumir las funciones de jefe de Estado, pero “no decreta” que “asume el cargo de presidente”. Incluso laLey Nº 27375, indica que el mandato conferido “no implica la vacancia de su cargo de Presidente del Congreso ni de su condición de Congresista de la República”.
Consultado por RPP sobre el caso del expresidente Valentín Paniagua, quien asumió funciones tras la renuncia -vía fax- de Alberto Fujimori y recibió la pensión vitalicia, López aseveró que no le correspondía. “El error no genera derecho. Si le dieron la pensión, fue un error”, manifestó.