Presidente Pedro Castillo promulga ley que permite incineración del cadáver de Abimael Guzmán

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Presidente Pedro Castillo promulga ley que permite incineración del cadáver de Abimael Guzmán
Foto: GEC

La norma, que entrará en vigencia mañana, dispone la cremación en un plazo máximo de 24 horas. Será el Ministerio de Justicia quien determine el tiempo y lugar de la dispersión de los restos

El presidente de la República, Pedro Castillo, promulgó la ley 313352 que permite la incineración deloscadáveres de internos que cumplían condena por delitos de traición a la patria y terrorismo, como es el caso de Abimael Guzmán, cabecilla de Sendero Luminoso, quien murió el último sábado en la Base Naval, donde cumplía cadena perpetua.

La norma, aprobada ayer por el Congreso de la República con 70 votos a favor y exonerada de segunda votación, fue publicada esta mañana en una edición extraordinaria del diario oficial El Peruano y consigna las firmas del jefe de Estado y del presidente del Consejo de Ministros, Guido Bellido.

El mandatario promulgó la ley, que entrará en vigencia a partir de este sábado 18 de septiembre, antes de enrumbar a las 5:00 a.m. con dirección a México y Estados Unidos para un viaje oficial. La presidenta del Congreso, Maricarmen Alva, saludó la pronta publicación de la norma, destacando la “unidad contra el terrorismo y justicia a las miles de víctimas”.

Lea también: Congreso aprueba ley para disponer del cuerpo de los condenados por terrorismo.

¿Qué dice la norma?
La Ley Nº 313352 incorpora el artículo 112-A a la Ley General de Salud (Ley 26342), que estableceel destino de cadáveres de internos que venían cumpliendo una sentencia firme por los delitos de traición o de terrorismo, “en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas, cuya entrega, traslado, sepelio o inhumación ponga en riesgo la seguridad nacional o el orden interno”.

Presidente Pedro Castillo promulga ley que permite incineración del cadáver de Abimael Guzmán
La cremación se realiza en presencia de un representante del Ministerio Público, para fines de identificación, indica la ley N°31352.

La norma, propuesta por la congresista Gladys Echaíz de Alianza para el Progreso,  estable que el fiscal competente, en decisión motivada e inimpugnable, podrá disponer de su cremación, previa necropsia. Así, la Autoridad Sanitaria, en coordinación con el Ministerio de Justicia y el Ministerio del Interior, ejecuta lo dispuesto en “un plazo máximo de veinticuatro (24) horas”.

La cremación se realiza en presencia de un representante el Ministerio Público, para fines de identificación, quien levanta el acta correspondiente, y el Ministerio de Justicia dispone la dispersión de los restos cremados “en tiempo y lugar de naturaleza reservada”. “En su ejecución contará con el apoyo del Ministerio del Interior”, detalla la ley.

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