El reglamento para el uso de los ciclos está orientado a la protección y resguardo de los ciclistas. Su incumplimiento conllevará a sanciones de hasta S/. 352
La imposición de multas efectivas para ciclistas, prevista para este viernes 3 de setiembre de 2021, se postergó hasta el 3 de marzo del próximo año, así lo informó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a través del Decreto Supremo Nº 027-2021-MTC publicado en el diario oficial El Peruano.
De esa forma, continuará el plazo de acciones educativas y preventivas como campañas de sensibilización y charlas sobre las reglas de circulación y desplazamiento en las pistas y ciclovías. Estas incluyen la difusión del Manual para ciclistas del Perú y la capacitación sobre el reglamento a los efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP), quienes impondrán las multas.
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El citado manual, puesto a disposición en junio de 2020, afianza los conocimientos de las reglas de desplazamiento para los ciclistas, el uso de la bicicleta, las reglas de circulación y equipamiento para fomentar el uso del vehículo de dos ruedas “en condiciones de seguridad para los ciclistas”. Además, establece los derechos, deberes, multas y sanciones.
¿Cuáles son las reglas y las multas?
- Manejar en estado de ebriedad (0.5 gramos de alcohol por litro de sangre) o bajo el consumo de drogas será multado por la PNP con S/. 352. Además, se retendrá la bicicleta.
- Manejar sin sistema de frenos, sin láminas de material retrorreflectante a los lados o sin ropa reflectante por las noches tendrá una sanción de S/. 76 soles. El equipamiento básico incluye también alumbrado delantero y posterior y uso obligatorio de casco.
- Conducir de forma temeraria como manejar con una sola mano o sin agarrar el timón, hacerlo en sentido contrario o cruzar en semáforo rojo. Así como adelantar vehículos por el lado derecho te hará acreedor de una papeleta de S/. 88.
- Circular con personas cuando no hay asientos acondicionados para eso requerirá también una multa de S/. 88.
- Desplazarse en bicicletas y otros ciclos por la vereda equivaldrá a una sanción económica de S/. 22. Solo podrán hacerlo cuando no exista ciclovía y se encuentre prohibida su circulación por la calzada.
Con excepción, el MTC dispone la circulación por la vereda a las personas que viajen con un menor de 7 años, quienes estén embarazadas o quienes tengan alguna discapacidad; sin embargo, al hacerlo, estos deberán ir despacio y a la velocidad de los peatones.
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“El ciclista tiene una preferencia sobre el conductor del vehículo automotor, pero también tiene que respetar al peatón, por ejemplo”, detalló Ofelia Soriano Ramos, especialista de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial del MTC, al diario El Peruano.
La experta precisó que en la capital el 3% de los ciudadanos se transporta en bicicleta de manera diaria, una cifra que se duplicó en comparación con los últimos meses. Asimismo, incrementó en un 586% la importación de bicicletas.
Por ello, las normas reglamentarias, elaboradas de manera coordinada con las asociaciones de ciclistas y otros actores involucrados, están pensadas en una coexistencia pacífica entre todos los medios de transporte y usuarios de las vías. “Algunas medidas definitivamente son nuevas y hay que adaptarse, lo cual tiene también un costo y se necesita tiempo”, indicó.