El Gobierno permite el tránsito peatonal los días domingos y pone en libertad el aforo en las actividades al aire libre
A partir del lunes 10 de mayo hasta el domingo 30 de mayo, Lima Metropolitana y el Callao vuelven a formar parte del nivel de riesgo “muy alto” de contagio de COVID-19. Con ello, algunas medidas restrictivas impuestas en el desarrollo de actividades como el tránsito, aforo de los negocios, entre otras, se flexibilizan.
Inmovilización social
De lunes a domingo la inmovilización social obligatoria o toque de queda permanecerá de 9:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. Sin embargo, la restricción al tránsito los días domingos concluye y los próximos 16, 23 y 30 de mayo, los ciudadanos podrán transitar de manera peatonal, en bicicleta, transporte público o taxi por la ciudad. Esto no podrá hacerse en vehículo particular, salvo que se porte un permiso de circulación.
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Por su parte, el transporte interprovincial podrá funcionar con un aforo del 50% al 100%, según lo indicado por el Ministerio de Transportes. Y continúa prohibido el uso de las playas (no se puede bañar en ellas), reunirse con otras personas o realizar fiestas, así como fiestas costumbristas, carnavales o alguna clase de eventos masivos.
Aforos en espacios cerrados
De otro lado, las actividades de lugares cerrados como los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, conglomerados, así como los templos y lugares de culto funcionarán con un aforo de 30%. De igual forma lo harán, los casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas.
Mientras tanto, los restaurantes y afines en zonas internas, y las actividades en clubes y asociaciones deportivas atenderán con un aforo permitido de 40%. La misma capacidad de atención (40%) la ocuparán las bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías.
En tanto, las tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias, así como los bancos y las entidades financieras podrán abrir sus puertas con un aforo del 50% de su capacidad.
Aforos en espacios abiertos
Por su parte, las actividades en espacios abiertos no tienen restricciones de aforo, pero deberán respetar los protocolos de sanidad: el uso obligatorio de doble mascarilla y el protector fácil sugerido, la ventilación del lugar y la reserva de citas. Las municipalidades distritales definirán los espacios, los días y la duración de estas actividades.
En consecuencia, las artes escénicas, y enseñanza cultural en espacios abiertos; las actividades en clubes y asociaciones deportivas al aire libre, así como las áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológicos atenderán a los ciudadanos con libertad de aforo. La medida incluye a los restaurantes y afines ubicados en lugares al aire libre.