La medida tiene como fin evitar la propagación del coronavirus en lugares cerrados y con aglomeración de personas
Desde hoy, lunes 19 de abril, los ciudadanos deberán usar de manera obligatoria protectores fáciles para ingresar a los supermercados, centros comerciales, conglomeraciones y tiendas por departamento. A través del decreto supremo 076-2021, el Gobierno extendió el Estado de Emergencia hasta el 31 de mayo y dispuso esta norma para evitar la propagación de COVID-19.
Hasta el momento, solo era obligatorio el uso de protector en el transporte público; sin embargo, debido a que el contagio se produce por los aerosoles que expulsamos al hablar, el Ejecutivo estableció este uso de protección adicional para prevenir infecciones. Según datos del Ministerio de Salud, se registraron 433 muertes por COVID-19 al por día en el país. La cifra más alta en toda la pandemia.
“En todos los casos, es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público y el uso de protector fácil para el ingreso a establecimientos con riesgo de aglomeración, tales como: centros comerciales, mercados, supermercados, conglomerados y tiendas por departamento”, se lee en el decreto supremo.
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Otras medidas
A partir de este lunes 19 de abril y hasta el 9 de mayo, también se establece que 41 provincias del país, incluyendo Lima y Callao, pasan al nivel extremo de contagio de coronavirus. Esto indica el cumplimiento de las restricciones como toque de queda de 9:00 p.m. a 4:00 a.m., inmovilización social e impedimento de transporte privado los domingos 25 de abril, 2 y 9 de mayo.
Cabe precisar que, debido a la campaña de vacunación de adultos mayores de 80 años, el domingo 25 de abril podrán circular vehículos particulares que lleven adultos mayores a vacunar. De otro lado, quedan prohibidos los casinos, gimnasios, cines, artes escénicas en espacios cerrados, templos de culto, las actividades de asociaciones deportivas al aire libre y el uso de playas.
Las artes escénicas en espacios abiertos, así como los centros comerciales, galerías y tiendas en general tendrán un aforo de 20%; los supermercados, tiendas de abastecimiento básico, entidades financiera, peluquerías y afines un 40%. Los museos, centros culturales, bibliotecas, zoológicos y los restaurantes un aforo de 30%, y el servicio ‘delivery’ de restaurantes será hasta las 11:00 p.m.
“El transporte interprovincial terrestre funcionará pero con un aforo del 50 al 100% según la regulación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, agrega el decreto. Por su parte, las regiones consideradas nivel de alerta muy alto, los casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas en espacios cerrados funcionarán con capacidad de 20%; las artes escénicas en espacios abiertos, así como los centros comerciales y tiendas en general al 30%.
Las tiendas de abastecimiento, supermercados, mercados, bodegas y farmacias abrirán al 50%; los restaurantes al 30% (en zonas cerradas) y al 40% (al aire libre), mientras que los entidades financieras lo harán al 50%.
Por último, las bibliotecas, museos, centros culturales, centros arqueológicos y centros de enseñanza cultural al aire libre al 40%; las asociaciones deportivas al aire libre al 30%, y los templos de culto al 20%.