Decisión es respuesta de la demanda de inconstitucional planteada por el Ejecutivo a la ley aprobada en el Parlamento
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró, por unanimidad, inconstitucional la ley aprobada en el Congreso que dispone la devolución de aportes administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP). La decisión se da luego que el Ejecutivo elevara una demanda de inconstitucionalidad contra la ley promulgada en diciembre de 2020.
De acuerdo al procurador en temas constitucionales, José Luis Huerta, quien representa al Ejecutivo, la Ley 31083, que permite el retiro de hasta una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir S/. 4,4000, vulnera el equilibrio del presupuesto público y perjudica al Sistema Nacional de Pensiones.
En tanto, la demanda interpuesta planteaba que la norma afecta los artículos 10, 11 y12 de la Carta Magna, vinculados a los derechos como el acceso a una pensión de los adultos mayores y el carácter intangible de los recursos.
Por su parte, el Congreso de la República solicitaba que se declare infundada la demanda de inconstitucionalidad ya que, sostienen, la ley se había “desarrollado de acuerdo a lo establecido en la Constitución y en el Reglamento del Congreso”. Sin embargo, tras escuchar los argumentos de ambas partes, el TC dejó al voto la demanda durante la tercera audiencia pública remota.
El proyecto aprobado por insistencia en diciembre establecía, además, la devolución total de los aportes para afiliados con más de 65 años de edad que no hayan cumplido los 20 años de aportes para acceder a una pensión. Asimismo, se otorgaba una retribución extraordinaria de S/. 930 para los pensionistas del decreto ley 19990, medida que fue cumplida por el Gobierno.