La presunta conducta anticompetitiva de Wong, Metro, Plaza Vea, Vivanda, Tottus y Makro se habría realizado en complicidad de los proveedores San Fernando y Redondos
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) inició un proceso administrativo sancionador (PAS) a propietarias de los supermercados Wong, Metro, Plaza Vea, Vivanda, Tottus y Makro por presunta concertación de precios en la venta de pavos enteros en todo el territorio nacional.
De acuerdo a las indagaciones de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Indecopi, entre el 2009 y 2016, los supermercados en mención habrían acordado eliminar la competencia entre ellos respecto al precio de los pavos de la marca San Fernando; mientras que, entre 2010 y 2015, con excepción de Makro, incurrieron en la misma práctica con la marca Redondos.
“Cencosud, Makro, Supermercados Peruanos y Tottus se habrían puesto de acuerdo para eliminar la competencia entre ellas mismas, evitando fijar precios por debajo del ‘precio de venta al público mínimo sugerido’, establecido”, se lee en el comunicado.
Además, según la Secretaría Técnica de la CLC, la evidencia es consistente en correos electrónicos e información económica.
Es a partir del establecimiento de un “precio de venta al público mínimo sugerido” por parte de los proveedores San Fernando y Redondos, que la presunta concertación se había pactado para las campañas de fiestas de fin de año del 2009, 2010, 2015 y 2016.
Presuntos cómplices
De acuerdo a el Indecopi, las empresas en mención recurrieron, a través de reclamos o quejas, a San Fernando y Redondos cada vez que alguno de los competidores establecía un precio por debaje de “precio de venta al público mínimo sugerido”. Por lo que se desprende que las empresas actuaron de “facilitadores” del acuerdo.
“Por haber cumplido presuntamente el rol de facilitadores de la práctica investigada se ha iniciado también el PAS contra San Fernando, para los años 2015 y 2016; y, Redondos, para el año 2015. Esto de acuerdo con la modificación realizada en la Ley de Competencia (setiembre de 2015), que faculta a la autoridad para investigar y sancionar a aquellos agentes económicos que faciliten un cártel”, agregó el comunicado del Indecopi.
Por último, recordó que el inicio de un procedimiento administrativo sancionador se basa en la “existencia de indicios razonables” sobre la realización de la presunta conducta anticompetitiva y “no constituye un prejuzgamiento sobre el resultado” del procedimiento “ni la responsabilidad de los investigados”.