ONP: Todo sobre la ley aprobada por insistencia en el Congreso que permite retiro de hasta S/. 4,300

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ONP: Todo sobre la ley aprobada por inistencia en el Congreso que permite retiro de hasta S/. 4,300

La norma también establece el pago de S/. 930 para aportantes que superen los 65 años. El presidente Sagasti adelantó que presentará una demanda de inconstitucionalidad

El pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia la ley que permite el retiro de hasta S/. 4,300 (1UIT) de los fondos administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a los 4,7 millones de aportantes activos e inactivos del Sistema Nacional de Pensiones (SNP).

La norma tuvo 87 votos a favor, 21 en contra y 3 abstenciones. Antes de su debate en el pleno, la iniciativa legislativa fue aprobada también por cuatro comisiones del Congreso: Economía, Trabajo, Defensa del Consumidor y Presupuesto.

Lea también: Gobierno observó la ley que ordenaba devolución de aportes a la ONP.

En septiembre, el Ejecutivo observó el proyecto de ley argumentando que este afectaría el presupuesto del Estado porque, en un sistema de reparto, el dinero de los aportantes de la ONP se utiliza para pagar a los actuales jubilados, no existe un fondo y, por tanto, se tendría que utilizar dinero del Tesoro Público para suplir la demanda que la ley implica.

Además, el artículo 79 de la Constitución indica que los congresistas no tienen capacidad de gasto y que, en ese sentido, la norma es inconstitucional. El domingo 29 de noviembre, el presidente de la República, Francisco Sagasti, adelantó que si se aprueba la ley por insistencia, como ocurrió, impondrá una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC).

El Gobierno del expresidente Martín Vizcarra propuso un conjunto de leyes para reformar el Sistema Nacional de Pensiones “sin afectar al aportante en el futuro”, pero el Congreso la descartó. Esa propuesta consideraba, por ejemplo, el pago de una pensión de jubilación para los afiliados con solo 15 y 10 años de aportes, ya no 20, como sostiene la norma.

¿Qué plantea la ley?
No solo los aportantes activos e inactivos podrán solicitar la “devolución” de los aportes de hasta 1UIT, S/. 4,300. Los afiliados a la ONP que superen los 65 años de edad y que no lograron cumplir con el requisito de aportar por 20 años para obtener a una pensión podrán recibir la “devolución” de la totalidad de sus aportes realizados.

Este dinero no podrá ser sujeto a descuentos pues tendría “condición de intangibilidad”. Sin embargo, en caso el aportante presente deudas alimentarias, se descontará hasta un 30% del dinero solicitado.

La norma aprobada también contempla la emisión por única vez de una retribución extraordinaria de S/. 930 para los pensionistas del Decreto Ley N° 19990. Los jubilados recibirán este subsidio de acuerdo al cronograma que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) deberá publicar en un plazo de 15 días luego de publicada la norma en el diario oficial El Peruano.

¿Cómo sería el pago?
La primera parte del pago, es decir S/. 2,150, se desembolsaría en un plazo máximo de 30 días, luego de aceptada la solicitud. El dinero restante se entregaría 90 días hábiles después del primer desembolso. La ONP tendría máximo 30 días para recibir cada solicitud de manera física, presencial o remota.

El MEF calcula que, en total, la ley demandará un gasto de casi S/ 16,000 millones, un monto equivalente al presupuesto anual de varios ministerios juntos. El monto, además, no está en el presupuesto fiscal de 2020 y no fue anexado por el Congreso en el presupuesto fiscal de 2021 aprobado el 30 de noviembre.

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