Conozca los derechos establecidos para el trabajo remoto

Author: No Comments Share:
Conozca los derechos establecidos para el trabajo remoto
Foto: Andina

El Gobierno prorrogó esta modalidad laboral hasta el 31 de julio de 2021, por lo que estableció algunos derechos para que las empresas no abusen de sus trabajadores

El Ejecutivo prorrogó, mediante el Decreto de Urgencia Nro. 127-2020, la modalidad del trabajo remoto hasta el 31 de julio de 2021, en el marco de la pandemia producida por el COVID-19.

La norma establece los derechos de los trabajadores bajo esta modalidad laboral, entre ellos el que los empleadores respeten jornadas máximas de trabajo y que no puedan exigir realizar tareas o coordinaciones de carácter laboral durante el tiempo de desconexión digital.

Es decir, el trabajador que realiza trabajo remoto tiene derecho a desconectarse de los medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos utilizados para la prestación de sus servicios, fuera de su jornada de trabajo y durante los días de descanso, licencias y periodos de suspensión de la relación laboral.

Otro aspecto señalado por el Decreto Supremo es que el empleador no pueda exigir a su trabajador la realización de tareas o coordinaciones de carácter laboral fuera de la jornada de trabajo o durante los días de descanso, licencias y periodos de suspensión de la relación laboral.

En cuanto a excepciones para el personal, la norma establece que, por ley, no están sujetos a jornadas máximas “aquellos que no se encuentran sujetos a fiscalización inmediata, incluidos los trabajadores de confianza no sujetos a control efectivo del tiempo de trabajo; y, los que prestan servicios intermitentes de espera, vigilancia o custodia”. En esos casos, el Decreto señala que el tiempo de desconexión debe ser de, al menos, doce horas continuas en un periodo de veinticuatro horas.

Cabe recordar que la prórroga del trabajo remoto rige tanto para el sector privado y público; pero que, en el caso del sector público, será la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) quien emitirá las disposiciones complementarias sobre la materia.

Por su parte, el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Javier Palacios Gallegos, recalcó que esta medida ya había sido anunciada con la debida anticipación y lo que se ha hecho es formalizarla mediante decreto de urgencia.

“El trabajo remoto es una figura que nos acompaña desde el inicio de la crisis sanitaria y se ha ido consolidando, mes a mes. Hoy tenemos cerca de 250 mil trabajadores bajo esta modalidad, lo cual significa que está siendo usada intensamente y es de mucha utilidad para trabajadores y empleadores”, indicó.

En cuanto a la desconexión digital, Palacios Gallegos sostuvo que su regulación busca garantizar el derecho al descanso laboral de los trabajadores, así como las jornadas máximas de trabajo, consagrados en la Constitución. Asimismo, aseguró que tendrá un impacto relevante en la salud de los trabajadores, especialmente en cuanto a la salud mental.

“Acorde a la experiencia internacional y las buenas prácticas, el MTPE (Ministerio de  Trabajo y Promoción del Empleo) ha reconocido la figura de la desconexión digital con el objetivo de prevenir casos de abusos e impedir que se exija a los trabajadores estar conectados en todo momento. Necesitamos que el trabajo remoto se consolide con los equilibrios necesarios”, puntualizó.

Author

Previous Article

Congreso: Aprueban retiro de fondos para afiliados a las AFP hasta por S/. 17,200

Next Article

JNE da 3 días de plazo al presidente Vizcarra para dar sus descargos por presunta vulneración al principio de neutralidad

También te puede interesar