La norma regula el cumplimiento de derechos laborales básicos como la celebración de un contrato y la remuneración mínima vital
El presidente Martín Vizcarra promulgó la Ley de trabajadoras y trabajadores del hogar, aprobada por el Congreso de la República el pasado 5 de setiembre. Esta norma establece criterios básicos para el ejercicio de los derechos laborales de las personas que laboran en las viviendas.
“Es una norma que representa la lucha constante de muchos años por parte de mujeres dedicadas que han venido realizando labores del hogar sin que les se brinde el debido reconocimiento a su esforzado trabajo”, indicó el jefe de Estado.
La ley regula el contrato, remuneración, jornada laboral, día de descanso semanal, extinción del vínculo laboral, beneficios sociales y la función de las agencias privadas de empleo doméstico.
Por ejemplo, establece que las personas contratadas deberán ser mayores a 18 años y realizar una jornada de trabajo de ocho horas diarias o 48 a la semana. Además, el sueldo será establecido por acuerdo libre entre las partes pero no será menor a la remuneración mínima vital (RMV).
Asimismo, el contrato de trabajo estará por escrito, por duplicado y deberá ser registrado por el empleador en el aplicativo web que establecerá el Ministerio de Trabajo.