Norma fue aprobada por 106 votos a favor, a pesar que el Ejecutivo ya anunció su observación y que la llevarían al TC por ser inconstitucional
Cerca de la 1 de la madrugada el Pleno del Congreso de la República aprobó, por mayoría, el proyecto de ley que permite la devolución de los aportes hasta por S/. 4,300, de los afiliados activos e inactivos bajo el Decreto Ley 19990 del Sistema Nacional de Pensiones, administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
La norma obtuvo 106 votos a favor, solo 3 en contra y 15 abstenciones. Las bancadas que votaron a favor fueron Acción Popular (22 votos), Alianza para el Progreso (22 votos), Frepap (14 votos), Unión Por el Perú (13 votos), Somos Perú (11 votos), Podemos (11 votos) y los No Agrupados (2 votos).
Mientras que las agrupaciones que tuvieron votos divididos fueron Fuerza Popular (3 a favor, 11 abstenciones), Partido Morado (4 a favor, 3 en contra y 2 abstenciones) y Frente Amplio (4 a favor, 2 abstenciones).
El dictamen, que obliga al Gobierno a la devolución de los aportes a la ONP por hasta 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT), implicaría un costo para el Estado de S/. 13,280 millones sin contar con los intereses.
De acuerdo con diversos expertos el proyecto de ley aprobado por el Legislativo es inconstitucional, ya que el artículo 79 de la Constitución señala claramente que “los representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos, salvo en lo que se refiere a su presupuesto”.
Por esto, el Ejecutivo ya había adelantado que de aprobarse la norma la observarían y si se insistía en su aprobación, presentarían una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC).
El problema, según señala el constitucionalista Omar Cairo, es que aún si el Gobierno presenta una acción de inconstitucionalidad, esta no suspende sus efectos. “Una sentencia del TC que, eventualmente, anule la Ley no será retroactiva: no suprimirá efectos ya producidos. Pagos a pensionistas que, por orden de Ley, se hayan hecho antes de sentencia serán irreversibles”, indicó Cairo.
El texto aprobado señala que el procedimiento de devolución será de la siguiente manera: hasta el 50% de la UIT en un plazo máximo de 30 días calendario y el saldo restante en un máximo de 90 días calendario posterior al primer desembolso.
El dictamen también señala que estos fondos son intangibles, pero aclara que “lo señalado en la presente disposición no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado”.
Asimismo, establece que la ONP otorgará, por única vez, a los pensionistas del Decreto Ley 19990, una retribución extraordinaria equivalente a una Remuneración Mínima Vital (RMV). Es decir, S/. 930. La ONP, por su parte, publicó un comunicado en el que informaba a sus afiliados y pensionistas que “el Proyecto de Ley aprobado por el Congreso, aún no se encuentra vigente. Todo beneficio será comunicado a través de nuestros canales oficiales”.