Reforma Constitucional, que también incluye los cargos de confianza en la función pública, debe ser ratificada en esta nueva legislatura
Con 112 votos a favor, 14 votos en contra y 0 abstenciones, el Congreso de la República aprobó la reforma constitucional que modifica el artículo 34-A, con lo que impide a los sentenciados en primera instancia por delito doloso, en calidad de autores o cómplices, postular a cargos de elección popular, correspondientes al presidente, vicepresidente, congresistas, Parlamento Andino.
Asimismo, se cambió el artículo 39-A, por lo que se establece que tampoco podrán ocupar puestos de confianza en la función pública los condenados en las mismas condiciones.
Así, la autógrafa de ley modifica la Carta Magna agregando los siguientes párrafos:
Artículo 34-A.- Están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.
Artículo 39-A: Están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.
Las bancadas que votaron a favor de este dictamen de forma unánime fueron Frepap, Somos Perú, Partido Morado, Frente Amplio, Acción Popular, Alianza para el Progreso, Podemos Perú y Unión por el Perú. Mientras que el grupo Fuerza Popular votó en contra.
Cabe resaltar que el texto aprobado ya no incluye la parte referida al tiempo de condena, ya que durante el debate las diferentes bancadas parlamentarias le pidieron al presidente de la Comisión de Constitución, Omar Chehade que no se considere que la pena sea superior a cuatro años. Aunque al inicio Chehade se mostró renuente, ante el cuestionamiento de sus correligionarios por su planteamiento inicial, el legislador presentó un nuevo texto sustitutorio precisando los puntos aprobados.