Gobierno extiende por 30 días el estado de emergencia por COVID-19

Author: No Comments Share:
Gobierno extiende por 30 días el estado de emergencia por COVID-19

Las medidas, que rigen desde hoy lunes 23  de agosto, incluyen la inmovilización social y el uso de doble mascarilla para ingresar a centros comerciales

El Ejecutivo amplió por 30 días, a partir del miércoles 1 de setiembre, el estado de emergencia nacional ante las “graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia del COVID-19”. La medida, oficializada mediante el Decreto Supremo Nº 149-2021-PCM publicado en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, rige desde este lunes 23 de agosto.

Durante la vigencia de esta medida queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio. Además, dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios hasta el 5 de setiembre, según el nivel de alerta por provincia y departamento.

Gobierno extiende por 30 días el estado de emergencia por COVID-19
Foto: El Peruano
La Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas velarán por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas.

Inmovilización social
En el nivel de alerta extremo, queda restringido la movilidad social de lunes a sábado desde las 9:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente; y, los domingos desde las 4:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente. Asimismo, el tránsito de vehículos los domingos queda prohibido. De momento, no hay departamentos ubicados en este nivel.

Lea también: Mayores de 36 años se vacunarán contra el COVID-19 desde el 25 de agosto.

En tanto, en el nivel de alerta muy alto (Huánuco y Moyobamba) no se podrá salir de casa de lunes a domingo desde las 22:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente, y se prohíbe el uso de vehículos los domingos. Mientras que, los departamentos de nivel alerta alto y moderado tienen limitado el derecho a la libertad de tránsito de lunes a domingo desde las 12:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.

El nivel de alerta alto incluye a las ciudades de Cajamarca, Cangallo, Chincheros, Cotabambas, La Convención, Lucanas, Puno, San Román, Utcubamba, Tocache, San Ignacio, Páucar del Sara Sara, La Unión, Huancavelica, Condesuyos, Caylloma, Candarave, Bongará, Sandia, Recuay, Parinacochas, La Mar, Huamanga, Chumbivilcas, Carabaya, Canchis y Acomayo.

Foto: Andina
El decreto suspende, hasta el 5 de setiembre, el ingreso de extranjeros no residentes de procedencia de Sudáfrica, Brasil o la India.

Se exonera de la inmovilización al personal de los servicios de salud, financieros, abastecimiento en tiendas, medios de comunicación, servicio delivery, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, entre otros. El decreto además dispone que en el plazo máximo de 10 días, el Ministerio de Salud presente a la Presidencia del Consejo de Ministros la propuesta de nuevas medidas que debe seguir la ciudadanía.

Y suspende, hasta el 5 de setiembre de 2021, el ingreso de extranjeros no residentes de procedencia de Sudáfrica, Brasil o la India, o que hayan realizado escala en dichos lugares en los últimos 14 días. Por su parte, los peruanos y extranjeros residentes que ingresen al país provenientes de esos estados o hayan realizado escala ahí, realizarán cuarentena obligatoria por un periodo de 14 días.

Lea también: Sepa en qué consiste el bono de S/. 350 que otorgará el Gobierno.

Aforos en actividades
Las actividades en espacios cerrados en el nivel de alerta muy alto tienen los siguientes aforos: casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas (30%), centros comerciales y tiendas en general (30%), supermercados, farmacias y bancos (50%), restaurantes (40%). Además, los centros culturales, eventos empresariales y asociaciones deportivas (40%) y los templos (30%).

Gobierno extiende por 30 días el estado de emergencia por COVID-19
Foto: GEC
Es obligatorio el uso de doble mascarilla para ingresar a centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias.

El transporte interprovincial, entre 50% y 100% de aforo, según el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Mientras que las actividades en espacios abiertos no tienen restricciones, siempre y cuando se respeten los protocolos sanitarios: distanciamiento social y uso de doble mascarilla. Así también es en los niveles de alerta alto y moderado

Por su parte, las actividades en espacios cerrados en el nivel de alerta alto como casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas, así como los centros comerciales y tiendas en general y conglomerados atenderán al 40% de su capacidad. Los supermercados, farmacias y bancos, al 60%; los restaurantes, centros culturales, clubes deportivos y eventos empresariales, al 50%, y los lugares de culto, al 40%.

En tanto, en el nivel de alerta moderado los casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas, al igual que los centros comerciales y tiendas en general y los templos tienen un aforo de 50%. Los supermercados, farmacias, restaurantes y bancos, un 60%, así también los eventos profesionales, los centros culturales y asociaciones deportivas.

Author

Previous Article

Vladimir Cerrón convoca a marcha para ‘defender al Gabinete Bellido’

Next Article

Mayores de 36 años se vacunarán contra el COVID-19 desde el 25 de agosto

También te puede interesar