Conoce las nuevas disposiciones dictadas por el Ejecutivo para evitar el contagio por COVID-19

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Conoce las nuevas disposiciones dictadas por el Ejecutivo para evitar el contagio por COVID-19
Foto: Andina

Las medidas incluyen cuarentena, tránsito vehicular restringido, uso de playa prohibido y la emisión de bonos económicos

El Gobierno publicó, en el diario oficial El Peruano, las nuevas medidas restrictivas que regirán en las regiones del país desde del 30 de enero hasta el 14 de febrero. Asimismo, prorrogó el Estado de Emergencia nacional por 28 días a partir del 1 de febrero.

Nivel extremo
Las regiones que comprenden el nivel extremo de contagio como Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica, Apurímac, Lima Región, Lima Metropolitana y Callao estarán bajo inmovilización social obligatoria por 14 días. Solo una persona por familia podrá hacer las compras, mientras que está permitido el tránsito peatonal por una hora a lugares cercanos al domicilio, de lunes a viernes entre las 6:00 a.m. y 6:00 p.m.

El tránsito de vehículos queda prohibido, salvo el uso de pase autorizado, mientras que los centros comerciales, bancos, tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias funcionarán con un aforo de 40%. Estos cerrarán máximo a las 6:00 p.m.

Queda suspendido, además, el transporte interprovincial terrestre y aéreo, así como los casinos, cines, teatro, iglesias y restaurantes, estos últimos podrán continuar en modalidad de ‘delivery’.

Por otro lado, permanecen disponibles los servicios prestados por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para atender la violencia contra la mujer e integrantes del grupo familia.

En tanto, en las regiones de Ica, Lima y Ancash se prohíbe el uso de las playas, ya sea en laszonas de arena y mar, lagos, lagunas y riberas de ríos, con excepción a la práctica de deportes acuáticos que no incluyan contacto y mantengan el distanciamiento físico.

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Nivel muy alto
En Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna, regiones con nivel muy alto de contagio, los centros comerciales trabajarán solo con un aforo del 20%; las de abastecimientos de productos básicos y los bancos con un aforo del 50%, mientras los restaurantes al aire libre con un aforo del 30%.

Se limita en el transporte interprovincial terrestre a una capacidad del 50%, mientras que el transporte aéreo continuará como hasta ahora. A su vez, el transito vehiculas se restringirá los sábados y domingos, y en Arequipa, Moquegua, Tacna y Tumbes se impide el uso de las playas, lagos, lagunas y ribera de ríos.

Nivel alto
Asimismo, en Piura, Loreto, Lambayeque, La Libertad, San Martín, Ucayali y Madre de Dios las tiendas de abastecimiento de productos básicos, bancos, farmacias y bibliotecas funcionarán un aforo de 50%; los centros comerciales y asociaciones deportivas con un 40%, y los cines, casinos y tragamonedas con el 30%. De igual forma, las iglesias abrirán al 20% de su capacidad, y las artes escénicas en espacios abiertos al 50%.

El tránsito vehicular se prohíbe los domingos, mientras que solo en Piura, Lambayeque y La Libertad se suspende el uso de las playas, en la zona de arena y mar, los lagos, lagunas, ribera de ríos, con excepción de los deportes acuáticos que no impliquen contacto físico.

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Bono y apoyo económico
La presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, informó que el Gobierno otorgará un bono de S/. 600 a más de 4.2 millones de familias vulnerables que viven en las regiones consideradas como nivel extremo de contagio. “Se está usando como referencia el padrón del año pasado”, detalló a Latina.

“Hemos coordinado con el Banco de la Nación y con Asbanc para buscar que (el bono) sea cobrado por diferente vías de la banca pública y privada para evitar aglomeración de personas”, agregó.

El Gobierno también brindará apoyo tributario a las empresas localizadas en las regiones en riesgo muy alto y extremo; soporte alimentario a ollas comunes y comedores populares, y habilita la activación de mercados itinerantes. De otro lado, suspende el ingreso de extranjeros no residentes provenientes Europa, Sudáfrica y Brasil, o que hayan realizado escala en esos lugares, hasta el 28 de febrero.

Quienes incumplan las disposiciones sanitarias y las relativas al estado de emergencia nacional serán multados y, hasta que cumplan el pago de la misma, estarán impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado o “ser beneficiarios de cualquier programa estatal de apoyo económico, alimentario y sanitario, salvo que exista causa justificada en cualquiera de los casos”.

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