TC admite la demanda de inconstitucionalidad sobre el retiro de los aporte de la ONP

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TC admite la demanda de inconstitucionalidad sobre el retiro de los aporte de la ONP

El máximo intérprete de la Constitución eligió como ponente de la causa al magistrado José Luis Sardón

El Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad presentada el 9 de diciembre por el Ejecutivo contra la ley que permite el retiro de hasta S/. 4,300 de los fondos administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP). La norma fue aprobada por insistencia en el Congreso de la República el 4 de diciembre con 87 votos a favor.

A través de su cuenta oficial de twitter, el máximo órgano intérprete de la Constitución, informó que el magistrado José Luis Sardón de Taboada será el encargado de elaborar el documento de la causa y realizar la ponencia del caso.

Por su parte, la presidenta del Congreso de la República, Mirtha Vásquez, informó que el Legislativo responderá la demanda lo antes posible para viabilizar la respuesta del TC. “Lo ideal es que nosotros podamos hacer que estos hechos se judicialicen rápidamente y viabilizar una respuesta para que el TC conteste y pueda absolver las dudas”, declaró a la prensa.

De acuerdo a reglamento, luego de ser admitida la demanda, el TC tiene 10 días para ver la vista de la causa y otros 30 días para sentenciar. En caso se prolonguen los tiempos, el órgano autónomo puede tomar una decisión en un máximo de 80 días hábiles. El Ejecutivo, en tanto, tiene 15 días para reglamentar el procedimiento de la devolución del dinero de los aportantes, según lo aprobado en el Congreso.

Alegatos
La demanda alega que la ley publicada infringe los artículos 10, 11 y 12 de la Carta Magna sobre el derecho a la pensión y el carácter intangible de los fondos para el pago de pensiones, ya que la ONP funciona como un “fondo de reparto solidario” más no un fondo individual: con el aportes de los afiliados activos se producen las pensiones de los jubilados.

Medida que, además, tendrá un impacto en el presupuesto fiscal administrado por el Ejecutivo, ya que existe un déficit presupuestal en el pago a los pensionistas, lo que obliga al Estado a cubrir esa diferencia con dinero del Tesoro Público. Según la demanda, la ley generaría un impacto económico de S/. 15,000 millones.

En ese sentido, se vulneran los artículos 79 y 118 de la Constitución referidos a la competencia exclusiva del Poder Ejecutivo para administrar la hacienda pública y la imposibilidad del Congreso a legislar normas con iniciativa de gasto.

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